Celebrar el matrimonio en Italia
El matrimonio a celebrar en Italia está sujeto obligatoriamente a la publicación de los edictos matrimoniales. El ciudadano italiano residente en España e inscrito en el AIRE (Anagrafe Italiani residenti all’Estero) de Barcelona que quiera contraer matrimonio en Italia deberá contactar con la parroquia o municipio (según el tipo de ceremonia) y, después, solicitar las publicaciones de los edictos matrimoniales a la Oficina Consular, que emitirá una «delega» autorizando la celebración del matrimonio religioso (párroco italiano) o civil (Encargado del Registro Civil italiano).
Art. 99 Código Civil italiano: Fecha límite para la celebración de la boda.
’La boda no puede celebrarse antes del cuarto día después de la publicación de los edictos matrimoniales.
Si el matrimonio no se celebra en los ciento ochenta días siguientes, se considera que la publicación no tuvo lugar «.
Por lo tanto, el acta de publicación de los edictos matrimoniales debe permanecer en el Tablón Consular de Anuncios por un mínimo de ocho días. Cuatro días después de los ocho días, el Consulado enviará la carta de delegación a celebrar bodas, al celebrante (Encargado del Estado Civil o párroco).
Documentación necesaria para la publicación de los edictos matrimoniales (ciudadanos italianos):
- Formulario de solicitud «pubblicazioni matrimoniale»
- fotocopia del documento de identidad italiano;
- recibo de ingreso bancario original de la tasa consular;
- en caso de divorcio precedente: copia de la sentencia de divorcio firme en derecho y registrada por el Comune italiano competente, o copia del acta de nacimiento o de matrimonio italiana con anotación de la disolución del matrimonio;
- certificado de residencia original (certificado de empadronamiento).
La solicitud de publicaciones sólo se puede presentar por correo ordinario
El trámite es estrictamente personal y se pueden delegar a terceras personas solo con un poder especial otorgado ante un Notario italiano o español.
El novio ciudadano extranjero debe presentar:
- certificado de nacimiento original (no copias) emitido por su País legalizado y traducción en italiano legalizada, (salvo las excepciones previstas por las convenciones internacionales) (véase link);
- certificado de capacidad matrimonial o «una declaración de la autoridad competente de su país donde se hace constar que, de acuerdo con las leyes a las que él está sujeto, no hay impedimentos para el matrimonio» (art. 116 del Código Civil). Dichos documentos deben ser legalizados y traducidos si provienen de países extra europeos (la Oficina Consular no requiere una traducción del español) (véase link).
ATENCIÓN: los novios ciudadanos de los Estados signatarios de la ‘Convención sobre la emisión de un certificado de capacidad matrimonial’ (Mónaco, el 5 de septiembre de 1980), es decir:
Austria, Alemania, Grecia, Italia, Luxemburgo, Moldavia, Países Bajos, Portugal, España, Suiza, Aruba, Curazao, (parte del Caribe: Bonaire, Sant’Eustachio y Saba) Sint Maarten, Turquía deben presentar de manera obligatoria un certificado de capacidad matrimonial emitido por las Autoridades de sus País. En ausencia de dicha capacidad matrimonial, por favor abstenerse de enviar solicitudes de cita;
3. si hubo divorcio precedentemente: original certificado de matrimonio con anotación a margen de la disolución del matrimonio y copia de la sentencia de divorcio
4. certificado de residencia (empadronamiento);
5. fotocopia del documento de identidad.
Los ciudadanos españoles que quieran casarse en Italia con un ciudadano italiano residente in Italia deberán solicitar la capacidad matrimonial al «Registro Civil» o Embajada/Consulado de España competente. La Oficina Consular italiana no es competente en estos casos.
Matrimonio consular (temporalmente suspendido)
El Cónsul Genera puede excepcionalmente celebrar matrimonios consulares. Los interesados deberán enviar una solicitud formal, explicando con detalle los motivos por los que desean celebrar dicho tipo de ceremonia. En caso de aceptación de la solicitud, se deberán seguir las normas del matrimonio que se celebra en Italia y, por lo tanto, se procederá a las publicaciones o edictos y habrá de entregarse toda la documentación necesaria.