Esta página web utiliza cookies técnicas y de análisis necesarias.
Al continuar navegando por esta web usted acepta el uso de cookies.

Pasaporte para menores de edad

[act. 12/02/2025]

Desde 2009, ya no es posible inscribir a los menores en el pasaporte de sus padres, por lo que es necesario solicitar un pasaporte individual. Para información sobre los viajes de menores no acompañados por sus padres [pulse aquí].
Para poder expedir el pasaporte a un menor, es imprescindible que el correspondiente certificado de nacimiento haya sido registrado en Italia, o que la oficina consular ya haya mandado el certificado de nacimiento para su transcripción. Para información sobre las modalidades de presentación de la solicitud de transcripción del certificado de nacimiento, acceder a la sección de Estado Civil [pulse aquí].

Recordamos que no es posible enviar la solicitud de pasaporte por correo junto con la solicitud de transcripción del certificado de nacimiento. Cuando el departamento de Estado Civil haya mandado el certificado de nacimiento para su transcripción, se podrá reservar una cita para la expedición del pasaporte a favor del menor trámite el portal Prenot@mi o, en alternativa y solo bajo algunos requisitos, a través del servicio dedicado a los recién nacidos en España.

¡Atención! Se requiere la presencia DE AMBOS PROGENITORES y del MENOR. Para más detalles, léase el punto 2. aquí a continuación.

Documentos que deben presentarse

  1. Formulario rellenado y firmado por ambos padres y el niño, si tiene 12 años o más [descargar aquí] acompañado de las fotocopias de los documentos de ambos los padres y del menor (si ya lo tiene).
  2. ACTA DE CONSENTIMIENTO [descargar aquí]. Se requiere la presencia DE AMBOS PROGENITORES y del MENOR. En caso de presentarse solo uno de los progenitores, éste podrá presentar la declaración de consentimiento rellenada y firmada por el progenitor ausente solo si este último es ciudadano de la UE. El funcionario que reciba en ventanilla siempre tendrá la facultad de solicitar la presencia de ambos progenitores en caso de que lo considerara oportuno y siempre en el caso de expedición de primer documento.
    Si el progenitor ausente no es ciudadano de la UE, la firma del consentimiento tiene que estar autenticada en otro Consulado, Consulado Honorario o notario. Si no fuera posible autenticar la firma, el mismo día de la cita para el pasaporte deberán estar presentes ambos progenitores y, entonces, el ciudadano extracomunitario podrá autenticar la firma del consentimiento en ese momento. Si no es posible presentar la declaración de consentimiento firmada, el interesado deberá solicitar a la Representación o Tribunal competente la autorización para la expedición del pasaporte.
  3. Dos fotos de pasaporte reciente en color – fondo blanco – norma ICAO 9303/ISO 19794-5 – 45mm x 35mm – Las fotos deben mostrar la cara del niño; en el caso de los niños menores de 6 meses, también se permiten fotos con ojos cerrados. Es necesaria la presencia del menor o autentificar la foto del menor por uno de los siguientes métodos:
    1. Ante un notario español («acta de manifestación»);
    2. En un consulado honorario italiano.
  4. NIE o Empadronamiento recientes y actualizados (el encargado podrá solicitar documentación adicional para verificar la residencia real)
  5. Recibo de pago de la tasa consular (116 euros) en una cuenta corriente del Banco Santander (importante: un pago por cada solicitud individual) – titular de la cuenta: Consulado General de Italia – IBAN ES05-0049-4707-5026-1607-8401- Código BIC/SWIFT: BSCHESMMXXX (indicar el apellido y nombre del solicitante en el motivo del pago, por ejemplo: Rossi Mario -Pasaporte). Tenga en cuenta que las tasas consulares están sujetas a posibles variaciones. Atención: El pago debe realizarse por lo menos 5 (cinco) días antes de la fecha de la cita. El recibo de pago debe presentarse el día de la cita.
  6. Original y fotocopia del anterior pasaporte italiano, aunque esté caducado (si no se tiene, otro documento de identidad);
  7. Original y fotocopia de los documentos de identidad de ambos progenitores (tal y como se especifica en la parte inferior del formulario de solicitud de pasaporte de un menor);
  8. En caso de robo/pérdida del pasaporte: copia de la denuncia realizada a la Policía Española/otras Autoridades Policiales.