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Procedimiento para la entrega de pasaporte en casos de urgencia absoluta y documentada

(act. 11/05/2025)

++EN CASO DE ABUSOS POR PARTE DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO (SOLICITUDES NO PERTINETES, LENGUAJE INAPROPIADO, ETC.) EL CONSULADO GENERAL SE RESERVA LA POSIBILIDAD DE SUSPENDER EL SERVICIO, INCLUSO INDEFINITIVAMENTE++

En caso de urgencia absoluta y documentada, se ruega a los ciudadanos regularmente residentes en la circunscripción consular que lean con atención lo siguiente:

¿Cuáles son los casos que consideramos urgentes?

  • Motivos familiares/sanitarios graves del solicitante el pasaporte, justificados mediante:
    • certificado médico original de una estructura pública, reciente (en el plazo de un mes desde la solicitud), redactado en italiano, inglés o español (solo en caso de que estuviera redactado en otro idioma, deberá presentarse una traducción oficial al italiano o al español), en en cual se compruebe la severidad de la enfermedad y la necesidad de la presencia física de la persona que solicita el pasaporte de forma urgente;
    • acompañado de la reserva de vuelo, u otro documento de viaje (este elemento también es obligatorio);
    • el Consulado se reserva la posibilidad de solicitar documentación o información adicional;

O por:

  • necesidades profesionales inevitables del solicitante el pasaporte, justificadas mediante:
    • una solicitud motivada, puntual y detallada (fecha y motivo del viaje) en papel con sello de la empresa (no se aceptarán motivos genéricos de «frecuentes viajes de trabajo al extranjero»), firmada holográfica o digitalmente (certificada) por el responsable y deberá indicar el nombre del firmante, la función desempeñada y el número de teléfono, redactada en italiano, inglés o español (solo en caso de que estuviera redactada en otro idioma, deberá presentarse una traducción oficial al italiano o al español);
    • acompañada de la reserva de vuelo (ida y vuelta), u otro documento de viaje (este elemento también es obligatorio);
    • en caso de trabajador autónomo: carta de invitación por parte del invitante/cliente extranjero, con sello y firma, que especifique detalladamente fecha y motivo del viaje;
    • el Consulado se reserva la posibilidad de solicitar documentación o información adicional;

Para acceder al servicio es obligatoria la inscripción AIRE en el Consulado General en Barcelona (transmitida al Comune, no sólo presentada).

La solicitud, junto con toda la documentación, debe enviarse al correo electrónico barcellona.urgenze@esteri.it

Si la documentación enviada para justificar la urgencia se considera motivada, la Oficina de Pasaportes concertará una cita lo antes posible.

TENGA EN CUENTA:

  1. Se recomienda que las solicitudes de citas urgentes se presenten con la debida antelación, aproximadamente 2 semanas antes del viaje previsto.
  2. Tener en cuenta de que los beneficios del procedimiento de urgencia por motivos profesionales NO pueden extenderse EN NINGÚN CASO a los miembros de la familia del titular.
  3. La mera posesión de un billete de avión (reservado o comprado) no se considerará motivo para la expedición urgente del pasaporte.
  4. Los solicitantes deberán haber cumplido los requisitos exigidos por la ley (inscripción en el AIRE/actualización del estado civil, etc.).

NO se considerarán válidos los siguientes justificantes urgentes/de emergencia:

  • reservas para reconocimientos médicos, a realizar en Italia o en otros países, que puedan realizarse en España;
  • certificados médicos que no atesten la existencia de una enfermedad grave que afecte el solicitante el pasaporte;
  • cartas de parientes, conocidos, etc;
  • pruebas de compromisos laborales urgentes justificadas mediante mensajes recibidos por correo electrónico;
  • compromisos laborales/personales urgentes dentro del territorio español (véase comunicación en la página de AENA sobre documentación requerida para vuelos domésticos);
  • auto certificación por parte del solicitante de situaciones de urgencia/emergencias no justificadas con documentación acreditativa adecuada;
  • cartas de bancos concernientes el cierre de cuentas;
  • reservas de viajes de vacaciones.

La característica de «urgencia» la validará el Responsable de la Oficina, que se encargará de definir el plazo para finalizar el procedimiento, así como la posible aplicación de la tasa de urgencia (50,00 euros), además del coste normal del pasaporte.