Como alternativa al voto por correo, los electores inscritos en AIRE pueden OPTAR POR VOTAR EN ITALIA EN EL MUNICIPIO DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL, comunicando su elección (OPCIÓN) por escrito al Consulado antes del 10º día posterior al día de la votación. Los electores que elijan votar en Italia con ocasión del próximo referéndum recibirán de sus respectivos municipios italianos la tarjeta-aviso para votar en los colegios electorales de Italia. La elección (opción) de votar en Italia sólo es válida para el referéndum respecto del cual se expresa.
Se reitera que, en cualquier caso, la opción DEBE RECIBIRSE en la Oficina Consular NO MÁS TARDE DE DIEZ DÍAS DESPUÉS DE LA INICIACIÓN DEL VOTO, es decir, NO MÁS TARDE DEL 10/04/2025. Esta comunicación podrá estar escrita en papel normal y -para ser válida- deberá contener el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, acompañada de copia de un documento de identidad del declarante.
Para esta comunicación, también puede utilizar el formulario especial que puede descargarse de la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional (www.esteri.it) o de la del Consulado General de Italia en Barcelona (haga clic aquí).
El formulario, debidamente cumplimentado, firmado y acompañado de un documento de identidad, puede entregarse/enviarse:
- en mano, en horario de atención al público: Carrer d’Aribau, 185 – IV Planta (lunes, miércoles, jueves y viernes de 09:30 a 13:00, martes de 14:30 a 17:30)
- por correo: Carrer d’Aribau 185 – IV Planta, 08021 Barcelona
- por correo electrónico ordinario: barcellona.elettorale@esteri.it
- por correo electrónico certificado: con.barcellona@cert.esteri.it
De acuerdo con la normativa vigente, corresponderá a los electores comprobar que la notificación de opción enviada por correo ha sido recibida a su debido tiempo por su oficina consular. Las solicitudes recibidas fuera del plazo indicado anteriormente NO PODRÁN considerarse válidas.
La opción de votar en Italia puede ser REVOCADA posteriormente con una comunicación escrita que deberá enviarse o entregarse en la oficina consular de la misma forma y en la misma fecha que para el ejercicio de la opción.
Si se opta por regresar a Italia para votar, la ley NO prevé ningún tipo de reembolso de los gastos de viaje en que se haya incurrido, sino únicamente tarifas reducidas dentro del territorio italiano.
El Consulado General de Italia en Barcelona está a su disposición para cualquier aclaración: barcellona.elettorale@esteri.it